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México.-Un fallo federal cambió las reglas del juego para quienes viajan en autobús en México: las empresas de transporte ya no podrán exigir identificación ni comprobar el estatus migratorio de los pasajeros para vender boletos o permitir el acceso a sus unidades.
La decisión deriva de una sentencia del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México, que echó abajo una política impulsada por el Instituto Nacional de Migración (INM) entre 2019 y 2021.
Un “candado” migratorio que se cayó en tribunales
El tribunal consideró inconstitucional que el INM instruyera a líneas de autobuses y de turismo a solicitar documentos migratorios a sus usuarios y negar el servicio a quienes no acreditaran estancia regular.
De acuerdo con organizaciones como el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), estas medidas violaban el derecho al libre tránsito y abrían la puerta a la discriminación.
Las empresas, fuera del rol de “filtro migratorio”
Uno de los puntos clave del fallo es que las compañías de autobuses no tienen facultades legales para revisar la situación migratoria de las personas ni actuar como extensiones del Instituto Nacional de Migración.
En otras palabras: vender un boleto no es trabajo de vigilancia migratoria.
El tribunal también dejó claro que transportar a una persona migrante dentro del país no constituye delito de tráfico de personas, desmontando uno de los argumentos usados para justificar las restricciones.
Libre tránsito vs. control migratorio: el choque constitucional
La resolución sostiene que las políticas del INM violaban dos pilares constitucionales:
—El derecho al libre tránsito (Artículo 11)
—La prohibición de discriminación (Artículo 1)
El amparo que dio origen al caso fue impulsado por la Clínica de Derechos Humanos de la UNAM y el IMUMI.
El INM tendrá que ajustar sus reglas
El fallo no solo frena la práctica: también obliga al Instituto Nacional de Migración a cambiar su enfoque.
Deberá:
—Difundir que cualquier persona puede comprar boletos de autobús sin acreditar situación migratoria.
—Garantizar que no haya revisiones ni detenciones en terminales o durante traslados.
—Implementar visitas de verificación para asegurar que las empresas cumplan.
—Capacitar a personal de transporte y centrales camioneras.
Un mensaje más amplio: viajar no es delito
Para organizaciones de derechos humanos, el fallo también marca un giro de fondo: la movilidad humana no puede ser criminalizada.
Advierten que las restricciones anteriores empujaron a muchas personas migrantes a rutas más peligrosas y a redes de tráfico ilegal, aumentando su vulnerabilidad.
Lo que cambia desde ahora
Con esta resolución, las empresas de autobuses quedan obligadas a ofrecer el servicio sin condiciones migratorias, y el Estado ya no puede delegar funciones de control a particulares.
En términos simples: el autobús vuelve a ser un espacio de transporte, no de revisión migratoria.