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Más de 20 millones de celulares siguen sin registrarse; líneas serán suspendidas si no se vinculan antes de diciembre

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones reportó que 100.5 millones de números ya están asociados a sus titulares, equivalente al 83.3 por ciento del total estimado

El trámite es gratuito y puede realizarse por internet o en centros de atención de las compañías telefónicas

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Ciudad de México.— Más de 100 millones de líneas telefónicas móviles ya fueron vinculadas a los datos de identificación de sus titulares en México; sin embargo, alrededor de 20 millones todavía están pendientes de cumplir con el registro obligatorio, cuyo calendario concluirá el próximo 31 de diciembre.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informó que hasta el lunes 2 de noviembre se habían asociado 100 millones 518 mil líneas a los datos de sus usuarios, lo que representa el 83.3 por ciento de un universo estimado de 120 millones de números telefónicos.

La medida busca eliminar el anonimato en el uso de teléfonos celulares y facilitar las investigaciones relacionadas con delitos como fraude y extorsión. El procedimiento comenzó en enero de 2026 y debe realizarse directamente ante las empresas telefónicas, no en oficinas del Gobierno federal.

Las compañías son responsables de verificar la identidad de los usuarios y resguardar los datos correspondientes. Entre los operadores que participan se encuentran Telcel, AT&T, Movistar y Altán Redes, que comercializa servicios mediante marcas como Bait.

Qué documentos necesitas y dónde realizar el registro

Las personas físicas deben presentar una identificación oficial vigente que permita comprobar su identidad y contenga la CURP. Los documentos aceptados son la credencial para votar del INE, el pasaporte y el Documento Nacional de Identificación expedido por el Registro Nacional de Población.

El trámite puede realizarse de dos maneras:

  • Por internet: mediante la plataforma oficial de la compañía telefónica. El usuario debe ingresar al enlace de registro, capturar la información solicitada, proporcionar los datos de su identificación y completar la verificación de identidad.
  • Presencialmente: en un centro de atención de la empresa telefónica, donde deberá presentar su identificación oficial vigente para que se valide la información.

En el procedimiento remoto puede solicitarse una prueba de vida para comprobar que el trámite lo realiza una persona real. La CRT ha precisado que las empresas no deben conservar fotografías de las identificaciones ni datos biométricos obtenidos durante la verificación.

Las personas físicas pueden registrar hasta diez líneas telefónicas. En el caso de empresas, no existe ese límite, pero el trámite debe realizarse presencialmente mediante un representante legal, quien debe presentar su identificación oficial y documentación que acredite la razón social y el RFC de la compañía.

Para las personas extranjeras se contempla el uso del pasaporte o de la CURP temporal.

La CRT habilitó el portal registra tu línea, donde los usuarios pueden localizar los enlaces oficiales de las compañías telefónicas y consultar las opciones para completar el procedimiento.

El registro no tiene costo, no requiere contar con saldo y puede realizarse sin consumir datos móviles, de acuerdo con la autoridad reguladora.

Calendario: cuándo vence el plazo según tu número

El calendario de la CRT establece fechas límite de acuerdo con el último dígito del número telefónico. Las personas pueden anticipar el trámite sin necesidad de esperar la fecha asignada.

Terminación del númeroFecha límite
0, 1, 2 y 3Plazo vencido
415 de octubre
531 de octubre
615 de noviembre
730 de noviembre
815 de diciembre
931 de diciembre

Los usuarios cuyos plazos ya vencieron y todavía no han realizado el registro deben acudir a su compañía telefónica para regularizar su situación.

Una vez vencida la fecha correspondiente, las empresas deben suspender el servicio de las líneas no vinculadas dentro de las siguientes 72 horas. Esto significa que no podrán utilizarse normalmente para llamadas, mensajes o navegación móvil, aunque conservarán la posibilidad de comunicarse con números de emergencia y atención ciudadana, así como recibir alertas sísmicas.

La suspensión no implica la cancelación definitiva del número ni la pérdida de la línea. El servicio se restablece una vez que el titular completa la vinculación y acredita su identidad ante la compañía.

La CRT sostiene que los datos personales quedarán bajo resguardo de las empresas telefónicas y que las autoridades podrán solicitarlos cuando exista una investigación, conforme a las disposiciones legales aplicables. Los lineamientos prohíben a los operadores comercializar, divulgar o utilizar esa información para fines distintos a los establecidos en la regulación.

Con el plazo final del 31 de diciembre cada vez más cerca, la autoridad busca completar la identificación de las líneas móviles que todavía permanecen sin vincular.

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