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El Congreso del Estado aprobó un acuerdo parlamentario para establecer los días y horas hábiles de la LXIV Legislatura, con el objetivo de regular los plazos y términos en los que se desarrollarán las actividades legislativas. El acuerdo fue aprobado por unanimidad durante la sesión ordinaria del pasado martes y suscrito por los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso.
El documento precisa que, tras la instalación de la LXIV Legislatura el 1 de septiembre, es necesario fijar los días y horarios en los que el Congreso podrá conocer, resolver y, en su caso, aprobar, ratificar o emitir resoluciones sobre temas de su competencia. Para ello, se establecieron criterios que incluyen tanto los días hábiles como los de suspensión de labores para efectos de cómputo legislativo.
De acuerdo con el acuerdo aprobado, serán considerados días hábiles para el Congreso los días de lunes a viernes, excluyendo los sábados, domingos y los días establecidos como de suspensión en la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Trabajo de los Servidores Públicos del Estado. Durante estos días de suspensión, no correrán los plazos y términos legales, a menos que las leyes de la materia establezcan una fecha límite o el Pleno o la Comisión Permanente convoquen a sesiones.
Recepción de documentación y excepciones de atención
Para la recepción de documentación en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, se determinó que el horario de atención será de 09:00 a 15:00 horas. Sin embargo, se establecieron excepciones en casos de urgencia o de atención preferente, donde se permitirá la recepción fuera de este horario regular, siempre que así lo determine la Presidencia de la Mesa Directiva o la Junta de Coordinación Política.
La aprobación de este acuerdo de días y horas hábiles busca armonizar y homologar los plazos y términos del Poder Legislativo, brindando claridad y orden al funcionamiento interno del Congreso durante la actual legislatura.