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Ciudad de México.- La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, dio este miércoles un paso clave en su agenda de género al firmar y enviar al Congreso de la Unión la iniciativa de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio.
La propuesta busca resolver una de las mayores deficiencias del sistema judicial mexicano: la fragmentación legal que permite que cada uno de los 32 estados del país tipifique, investigue y sancione la muerte violenta de mujeres bajo criterios y protocolos distintos.
Durante su conferencia de prensa matutina en Palacio Nacional, Sheinbaum enfatizó que el feminicidio es la expresión más extrema de violencia y discriminación contra las mujeres, calificándolo de "delito de odio". La mandataria reconoció que, a pesar de las reducciones registradas en la tasa general de homicidios en el país, las agresiones mortales por razones de género persisten bajo un preocupante manto de impunidad debido a la lentitud en las indagatorias y a deficiencias estructurales en los ministerios públicos locales.
"En las fiscalías del país se sigue catalogando la muerte violenta de una mujer como suicidio, o se tardan mucho las investigaciones, aun cuando los indicios apuntan a un familiar violento", expuso la jefa del Ejecutivo federal. El nuevo marco normativo busca obligar a todas las fiscalías estatales a unificar sus métodos de investigación bajo un estándar nacional riguroso para "evitar al máximo" estas reclasificaciones indebidas.
Prisión de hasta 70 años y pérdida de derechos
La iniciativa, que se sustenta en la reforma al artículo 73 constitucional aprobada el pasado 6 de mayo, introduce un catálogo de sanciones severas y agravantes específicas destinadas a castigar a los perpetradores y a los funcionarios que obstaculicen la justicia:
- Penalidades y agravantes: Se proponen penas que van desde los 50 hasta los 70 años de prisión, acompañadas de 19 agravantes que incrementan la condena si la víctima es menor de edad, adulta mayor, mujer embarazada o si presenta alguna condición de vulnerabilidad física.
- Sanciones civiles y administrativas: El agresor perderá de manera inmediata los derechos sucesorios, la tutela y la patria potestad de los hijos. Asimismo, si el responsable es un servidor público, será destituido e inhabilitado de por vida. El delito se establece como estrictamente imprescriptible.
- Criterios de género unificados: La ley define 10 razones específicas de género para acreditar el delito, entre las que se incluyen signos de violencia sexual previa, motivaciones por estereotipos o prejuicios, historial de violencia familiar o contextos de asimetría de poder.
La titular de la Fiscalía Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres, Maribel Bojorges Beltrán, detalló que el Ministerio Público estará obligado a iniciar de oficio e inmediatamente cualquier indagatoria de muerte violenta bajo protocolos especializados de perspectiva de género, incorporando análisis de inteligencia y valorando antecedentes de violencia aun cuando no existan denuncias formales previas.
Reparación transformadora y protección a la orfandad
El proyecto legislativo no se limita al ámbito punitivo, sino que introduce un marco de protección para las víctimas indirectas del delito. Ingrid Gómez, subsecretaria de la Secretaría de las Mujeres, explicó que la ley garantiza el acceso gratuito a asistencia jurídica especializada, atención médica y psicológica de urgencia para las sobrevivientes, así como el acompañamiento integral para los menores que quedan en situación de orfandad.
La reparación del daño se plantea bajo el concepto de ser "transformadora, adecuada, efectiva, rápida y proporcional". En ese sentido, la iniciativa contempla la creación de una comisión especial, el diseño de un programa integral para la erradicación de las violencias de género, y la puesta en marcha de un Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio.
Finalmente, la ley impone responsabilidades a los medios de comunicación y a los usuarios de plataformas digitales para garantizar el respeto a la dignidad y la privacidad de las víctimas, limitando la revictimización mediante la difusión de imágenes o información sensible de los casos.