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Ciudad de México.- El Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal local para castigar de manera específica el fraude electrónico y el phishing. La nueva legislación contempla penas de hasta nueve años de prisión para quienes diseñen interfaces tecnológicas, portales web o mensajes fraudulentos con el objetivo de robar datos financieros y personales de los usuarios.
Penalidades y agravantes en el Código Penal
La modificación al artículo 231 del Código Penal capitalino establece una sanción inicial de tres a seis años de prisión a quien induzca a una persona a revelar datos de autenticación mediante el engaño digital. No obstante, la reforma estipula que la pena aumentará en una mitad —alcanzando los nueve años de cárcel— cuando el delito afecte a menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores.
Al fundamentar el dictamen, el diputado Alberto Martínez Urincho expuso que el fraude electrónico se ha convertido en una de las amenazas más extendidas para la estabilidad económica de la capital. Detalló que los ciberdelincuentes operan mediante ingeniería social, simulando ser proveedores de servicios o instituciones gubernamentales para capturar información confidencial.
Herramientas contra el ciberdelito
La promotora de la iniciativa, la legisladora Olivia Garza de los Santos, destacó que la falta de una tipificación clara del phishing impedía que las investigaciones tuvieran éxito y que los responsables fueran procesados de manera efectiva.
Con esta aprobación, el marco jurídico de la Ciudad de México se actualiza para cerrar el vacío legal existente y ofrecer herramientas reales a las autoridades, brindando así mayor certeza a la ciudadanía ante las modalidades delictivas de la era digital.