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No puede el TEPJF anular amparos contra elección judicial: SCJN

Con siete votos a favor y tres en contra, el pleno del máximo tribunal avaló el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) carece de competencia para anular los amparos promovidos contra la elección judicial.

Con siete votos a favor y tres en contra, el pleno del máximo tribunal avaló el proyecto presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. La decisión implica que los recursos interpuestos en contra de la reforma judicial seguirán su curso en el ámbito jurisdiccional correspondiente.

Durante la sesión, la SCJN instruyó a los jueces que han concedido suspensiones relacionadas con la reforma judicial a revisar sus resoluciones en un plazo de 24 horas.

El pleno no reunió la mayoría calificada de seis votos requerida para ordenar al TEPJF, al Senado, al Instituto Nacional Electoral y a los Comites de Evaluación que acaten las suspensiones dictadas en contra de la reforma.

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