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Chilpancingo, Guerrero.- El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Guerrero (IEPC) aprobó el 26 de febrero la validación de los resultados de la consulta previa, libre e informada realizada en Ayutla de los Libres, en cumplimiento de mandatos emitidos por la Sala Regional Ciudad de México y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La consulta buscaba resolver dos asuntos: la integración del pueblo afromexicano al sistema normativo propio del municipio y la ratificación o modificación de las reglas para la elección del Consejo Municipal Comunitario. El IEPC coordinó el proceso durante meses, recopilando opiniones de las comunidades a través de cuadernillos informativos presentados el 25 de enero de este año a la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades (AMCRA), máxima instancia de decisión en Ayutla.
La información recabada mostró que el 84.82% de pueblos y comunidades originarias participó activamente en la consulta. Los resultados reflejaron una decisión específica de los asambleístas: el pueblo afromexicano se incorporará al Consejo Municipal Comunitario únicamente a través de consejerías, sin acceso a una coordinación propia.
Esta determinación adquiere relevancia porque otras poblaciones del municipio —pueblos Mepá, Tunzabi y población mestiza— sí cuentan con coordinaciones estructuradas. Ayutla tiene una población afromexicana de aproximadamente 7 mil personas, distribuida en 11 o 12 localidades, representando alrededor del 10% de la población municipal.
Durante la asamblea del 25 de enero también se constituyó un tribunal comunitario encargado de resolver en primera instancia las controversias que surjan en asambleas comunitarias, rutas o etnias. Se nombró además una comisión de seguimiento para actualizar los lineamientos del proceso electivo incorporando las opiniones recopiladas.
El IEPC, a través de la consejera Dora Luz Morales Leyva, presidenta de la Comisión de Sistemas Normativos, enfatizó que respetó en todo momento la libre determinación y aplicó el principio de mínima intervención. Sin embargo, incluyó en el acuerdo un pronunciamiento técnico señalando que la incorporación debe garantizar "plenamente los principios de igualdad sustantiva, no discriminación, progresividad y no regresividad".
El organismo electoral precisó que la autoridades de Ayutla deberán evaluar en futuras asambleas si la forma de participación acordada cumple efectivamente con estos estándares constitucionales. Esta advertencia busca armonizar el ejercicio de autonomía comunitaria con los derechos humanos aplicables.
El proceso se desarrolló conforme al artículo 2 constitucional y al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, bajo principios de interculturalidad, autonomía y libre determinación. El IEPC informará sobre el cumplimiento de las sentencias a ambas instancias jurisdiccionales.