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El Senado avala polémica Ley de Amparo: Morena consuma la "trampa de la retroactividad"

Adiós a 706 Mil Amparos: es una Reforma que redefine la defensa legal y protege a la autoridad, no al ciudadano.

Votación en el Senado.

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El Senado de la República aprobó esta semana la iniciativa de reformas a la Ley de Amparo, promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum, en medio de un tenso debate y fuertes acusaciones de la oposición.

La reforma, que también toca el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, fue avalada en lo general por 76 votos a favor y 39 en contra, y ahora pasa a la Cámara de Diputados para su trámite final.

Las Claves de la Contienda: Retroactividad y Amparos Fiscales

El punto de mayor conflicto fue la inclusión de última hora, impulsada por el senador Manuel Huerta, de una disposición en el artículo primero transitorio. Esta establece que los juicios de amparo en curso continuarán su trámite bajo las nuevas reglas de la reforma.

·         Críticas de la Oposición: Senadores del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano calificaron este cambio como una violación al principio constitucional de irretroactividad. La senadora Alejandra Barrales advirtió que la medida afectará directamente a un volumen significativo de 706 mil casos vigentes. La oposición acusó al oficialismo de buscar reducir los mecanismos de defensa ciudadana.

·         Defensa del Oficialismo: El senador Javier Corral defendió la reforma como un intento de "fortalecer el juicio de amparo como escudo ciudadano" mientras se cierran "resquicios que han permitido abusos procesales que afectan al interés colectivo". Huerta, por su parte, aseguró que el objetivo es impedir el uso del amparo para dilatar sentencias firmes, especialmente en materia fiscal, sin modificar la esencia del recurso ni afectar derechos adquiridos.

Delimitación de la suspensión: fin a la "dilación fiscal"

Una de las modificaciones más relevantes es la delimitación de la suspensión del acto reclamado, una medida crucial que frena temporalmente una acción de la autoridad durante el juicio.

·         Restricciones: La suspensión ya no podrá otorgarse en asuntos relacionados con lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades sin concesión o temas de deuda pública.

·         Excepción: La suspensión se mantendrá cuando esté en juego la protección de derechos básicos y el mínimo vital, como salario, alimentos o vivienda.

En el ámbito fiscal, la reforma establece que las leyes de impuestos solo podrán impugnarse mediante amparo cuando el crédito fiscal ya sea definitivo, buscando reducir el uso de este recurso por parte de grandes contribuyentes para evadir pagos.

Cambios a favor del ciudadano y el proceso

Pese a las controversias, las comisiones unidas incorporaron modificaciones al proyecto original, buscando mejorar la operatividad del juicio:

1.      Protección Colectiva: Se eliminaron requisitos que limitaban el interés legítimo, facilitando que el amparo pueda proceder por una afectación individual o colectiva.

2.      Plazos Ampliados: Se aumentó de 60 a 90 días naturales el plazo para que los jueces dicten sentencia. Además, se amplió de tres a cinco días el periodo para que las personas, especialmente las más vulnerables, puedan presentar las garantías económicas que exige la ley para sus juicios.

3.      Mantenimiento de Sanciones: Se optó por mantener la posibilidad de imponer multas a funcionarios y autoridades que incumplan con una sentencia de amparo, asegurando la eficacia de los fallos judiciales.

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