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Ciudad de México.- La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) oficializó una prórroga para el registro obligatorio de líneas móviles en el País, modificando la fecha límite general del 30 de junio debido a que sólo el 43 por ciento de los usuarios cumplió con el trámite.
Sin embargo, el aplazamiento no será generalizado: el beneficio se limitará estrictamente a las líneas en la modalidad de prepago (que concentran 40.2 millones del rezago) y se aplicará mediante un calendario escalonado que vence entre agosto y diciembre de este año, determinado por el último dígito del número telefónico.
El organismo regulador advirtió que, una vez vencido el plazo específico para cada terminación numérica, las empresas de telecomunicaciones aplicarán una suspensión del servicio en un lapso de 72 horas.
Las líneas inactivas quedarán restringidas exclusivamente para enlazar a números de emergencia, contactar al centro de atención de su compañía telefónica o recibir alertas sísmicas, restableciéndose la totalidad de los datos y llamadas sólo hasta que se complete la vinculación.
Las fechas clave para evitar la desconexión
El esquema de vencimiento difundido por la CRT para los usuarios de prepago operará bajo el siguiente orden cronológico:
- Agosto: Números con terminación "0" tendrán como límite el 15 de agosto; aquellos con terminación "1" vencerán el 31 de agosto.
- Septiembre: Líneas que finalicen en "2" caducarán el 15 de septiembre; las terminadas en "3" el 30 de septiembre.
- Octubre: Terminales con dígito final "4" deberán registrarse antes del 15 de octubre; el dígito "5" tendrá hasta el 31 de octubre.
- Noviembre: El número "6" vencerá el 15 de noviembre; la terminación "7" el 30 de noviembre.
- Diciembre: Finalmente, el dígito "8" contará hasta el 15 de diciembre y el "9" cerrará el proceso el 31 de diciembre.
La CRT reiteró que el trámite de asociación de nombre y CURP se ejecuta directamente ante los operadores privados y no ante el Gobierno federal, asegurando que las bases de datos destruirán las imágenes utilizadas en el proceso para mitigar riesgos de privacidad.
No obstante, recordó que el padrón mantiene su propósito de seguridad pública, por lo que la información quedará a disposición de las autoridades judiciales bajo los lineamientos del Código Nacional de Procedimientos Penales en caso de investigaciones por delitos de extorsión o fraude.