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Ciudad de México.- El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil de la Ciudad de México emitió una sentencia unánime que representa un fuerte revés para TV Azteca, al otorgar un amparo a los bancos acreedores The Bank of New York Mellon y su filial London Branch. Esta resolución deja sin efecto las providencias precautorias que impedían el cobro de la millonaria deuda que la empresa de Ricardo Salinas Pliego mantiene con inversionistas extranjeros.
La decisión, tomada por tres magistrados de carrera judicial, también establece que las instituciones financieras del Estado mexicano podrán actuar en caso de ser requeridas por autoridades jurisdiccionales en este litigio.
Medidas ilegales y fianza irrisoria
El magistrado ponente del caso, Juan Jaime González Varas, fue enfático al señalar que el Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México dictó las medidas cautelares a favor de TV Azteca de manera ilegal, contraviniendo precedentes establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
González Varas criticó duramente la forma en que el juez de primera instancia aplicó criterios como "la apariencia del buen derecho" o el "peligro en la demora" para conceder las medidas cautelares, destacando que una garantía o fianza de solamente un millón de pesos logró suspender el cobro de un adeudo que asciende a cientos de millones de dólares.
Covid-19 no justifica incumplimiento
El magistrado también desechó el principal argumento de la defensa de la empresa, que alegaba que la pandemia de Covid-19 justificaba el incumplimiento de sus pagos y obligaciones contractuales. González Varas dictaminó que la emergencia sanitaria no es motivo suficiente para suspender los pagos o para el otorgamiento de medidas cautelares a favor del empresario.
Además, el tribunal desestimó el intento de Banco Azteca de negar la personalidad jurídica a los representantes de los bancos extranjeros, argumentando que los propios abogados de Salinas Pliego ya habían reconocido la legitimación de la parte afectada en instancias previas del litigio.
Aplicación de la nueva Ley de Amparo
El tribunal rechazó la petición de las empresas de Ricardo Salinas Pliego de suspender la votación y el debate del asunto. Los abogados habían presentado un recurso de reclamación de último minuto contra otro tribunal federal que se negó a recusar a los magistrados del caso por supuesta falta de imparcialidad.
El magistrado González Varas explicó que, conforme a las reformas de la nueva Ley de Amparo que entraron en vigor recientemente, un recurso de reclamación no suspende el procedimiento. Subrayó que la legislación permite desechar recursos presentados de última hora con alegatos genéricos cuyo único fin es entorpecer o aplazar la sentencia de forma indefinida.
Finalmente, la magistrada Luz Silva Santillán y el magistrado en funciones Julio Hinojosa Cerón se sumaron a la propuesta de González Varas, aprobando por unanimidad la sentencia que permitirá a los inversionistas extranjeros proceder con el cobro de la deuda, que asciende a 580 millones de dólares.